El visado de entrada a Italia
El visado, que consiste en una “caricatura” especial (o “etiqueta”) adherida al pasaporte u otro documento válido de viaje del solicitante, es una autorización concedida a un extranjero para la entrada en el territorio de la República Italiana o en el de otras Partes Contratantes para el tránsito o para quedarse, que deben evaluarse a la luz de los requisitos vinculados a la buena evolución de las relaciones internacionales y la protección de la seguridad nacional y el orden público.
El visado expedido por los representantes italianos en el extranjero para el acceso, tránsito o estancia corta (hasta 90 días), tanto en Italia como en otros países que aplican el Convenio de Schengen, tomó el nombre de “Uniform Visa Schengen “(SCV). Del mismo modo, la VSU emitido por puestos diplomáticos consulares de otros países que aplican el Convenio, permite el acceso al territorio italiano.
El visado de entrada para estancias de larga duración (más de 90 días) tomó el nombre de “Visa Nacional” (VN) y permite el acceso a estancias de larga duración en el Estado que haya expedido el visado y, siempre que en el curso de validez, permite la libre circulación por un período no superior a 90 días a seis meses en el territorio de otros Estados miembros.
Tipos de Visa y Duración
Según el Código de Visados ( Reglamento CE nº 810/2009 de 13/07/2009 ), entró en vigor el 05.04.2010), los visados se dividen en:
1. Uniforme Schengen Visas (USV), válido para todo el territorio de las Partes Contratantes, emitidos para:
- Aeropuerto de Tránsito ( tipo A );
- Tránsito (tipo B): tipo de visa derogado por el Código de visados (Reglamento CE nº 810/2009 de 07/13/2009, en vigor desde el 04/05/2010.). Desde el 5 de abril de 2010, los visados de tránsito son de tipo C;
- de corta duración o visados de viaje ( tipo C ) hasta 90 días, con una o más entradas.
2. Dada una validez territorial limitada (VTL), sólo es válido para el Estado Schengen cuyo representante expedido el visado o, en casos especiales, como por otros Estados Schengen donde nombran específicamente sin posibilidad de acceso, incluso con el único tránsito por el territorio de los demás Estados Schengen. Como excepción al sistema común de VSU, permitidos sólo por razones humanitarias de interés nacional o en virtud de las obligaciones internacionales.
Ellos no se pueden obtener directamente del extranjero, pero, en algunos casos especiales, expedido por la representación diplomática o consular cuando mientras no esté en presencia de todas las condiciones exigidas para la expedición de un uniforme de visado Schengen, lo considera oportuno para emitir la visa por las razones descritas anteriormente, o en presencia de un documento de viaje no está reconocido como válido, en caso de emergencia en particular, o en caso de necesidad.
3. Los visados para estancias largas o “nacional” (VN), válido para estancias de más de 90 días (tipo D ), con una o más entradas, el territorio del Estado cuyo representante Schengen expedido el visado. Los titulares de Visa D pueden moverse libremente dentro de los países Schengen diferentes a la que expidió el visado, por un período no superior a 90 días dentro de seis meses durante el período de validez del visado.
Procedimiento y Requisitos para el Visado a Italia
La solicitud de visado para Italia deberá ser presentada por escrito en el formulario correspondiente en un solo original, completado en su totalidad, firmado por el extranjero y acompañado por una foto de pasaporte, para acceder al formulario ( haga clic aquí ).
Además el extranjero requiere obligatoriamente presentar los documentos siguientes:
- dos fotografía reciente tamaño carnet
- documento de viaje válido con vencimiento a más de al menos 120 días desde la fecha de terminación del viaje
- visita auspiciada: Carta de Invitación original, Copia del pasaporte del invitante/tarjeta de residencia.
- visita no auspiciada: Reservaciones de hotel
- en el caso de menores de edad, el permiso de salida del país debidamente notarizado
- estatus financiero: Certificados bancarios(corriente/ahorro/certificados de depósito), Certificado de propiedad de muebles e inmuebles, Garantía Económica Notarizada para el caso de menores no acompañados, personas de la tercera edad o quienes dependan económicamente de otra persona.
- Prueba de lazos familiares: Certificado de nacimiento, matrimonio, defunción, etc.
- Reserva aérea de ida y vuelta por el período del viaje.
- Seguro de Viaje que cubra al solicitante durante la estancia con una cobertura de al menos 30 000 Euros (haga clic aquí para ver una de las mejores aseguradoras aceptada por el Grupo Schengen)
Después de verificar la elegibilidad de la solicitud, la autoridad competente deberá crear una aplicación práctica en el Sistema de Información de Visados (VIS), de conformidad con los procedimientos establecidos en el Reglamento VIS . Otro examen se realizará de la aplicación para comprobar que el solicitante cumple las condiciones de entrada establecidas por el Código de fronteras Schengen , lo cual no representa un riesgo de inmigración ilegal o un riesgo para la seguridad de Estados Unidos y tiene la intención de abandonar el Estado miembro antes de la expiración del visto.
La decisión sobre una solicitud admisible debe tomarse dentro de los quince días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud. En casos excepcionales, ese plazo podrá ser ampliado. Usted tomó la decisión de expedir o denegar un visado uniforme o un visado de validez territorial limitada o, en el caso de la representación de otro Estado miembro, de interrumpir el examen de la solicitud y remitirla a las autoridades competentes del Estado representado.
El visado uniforme podrá expedirse para una, dos o múltiples entradas con un periodo de validez de hasta cinco años. El visado de tránsito (incluyendo un visado de tránsito aeroportuario), el período de validez debe corresponder al tiempo necesario para el tránsito. Generalmente se añade un “deducible” de quince días. En algunos casos, el período de validez de un visado puede extenderse. En algunas circunstancias, la visa también puede ser cancelada o revocada.
El visado uniforme o un visado de validez territorial no confiere un derecho automático de entrada al titular.
La visa se negó si el solicitante:
- presenta una falsificación de documentos de viaje;
- no facilita la justificación de la finalidad y las condiciones de la estancia prevista;
- no prueba que tiene medios de subsistencia suficientes para la duración de la estancia prevista y para el regreso al país de origen / residencia;
- ya ha residido durante tres meses durante el período de seis meses en curso;
- se reporta en el Sistema de Información de Schengen (SIS) para la lista de no admisibles;
- se considera una amenaza para el orden público, la seguridad interior o la salud pública de uno de los Estados miembros;
- hay pruebas de tener un seguro médico de viaje adecuado, en su caso;
- presenta los documentos de apoyo o declaraciones cuya autenticidad o fiabilidad es dudosa.
La decisión de denegar, anular o revocar la visa debe ser notificada a la demandante mediante el formulario del anexo VI. La decisión puede ser apelada en el Estado miembro que lo adoptó, de acuerdo con la legislación nacional de dicho Estado miembro.
En casos excepcionales, una solicitud de visado podrá presentarse a la autoridad responsable de control de personas en la frontera exterior del Estado miembro de destino. Un visado expedido a un paso fronterizo puede permitir una estancia no superior a 15 días o cubrir el tiempo necesario para un tránsito.
Costo del Visado
La cantidad que usted tiene que pagar las oficinas de visas en el momento de la presentación de una solicitud de visa aparece en los gastos de visado .