Embajada de España-Requisitos para Visa

Información: requisitos para visa a España

Los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán ir provistos del correspondiente visado de tránsito o estancia si por razón de su nacionalidad están sometidos a dicho requisito.

Las listas actualizadas figuran como Anexo I

Para ciertas nacionalidades es necesario un visado de tránsito aeroportuario cuando pretendan atravesar la zona internacional de un aeropuerto español.

Dicho visado se exige a los nacionales de los países que figuran en el Anexo II.

Descargar Impreso de Solicitud de Visado Schengen (español, PDF, 38 Kb)

Visa de España – Duración Larga

Todos los extranjeros que no posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, si desean permanecer en España más de noventa días por semestre es necesario que tramiten, en todo caso, un visado de larga duración que podrá ser:

  • Visado de residencia: habilita para residir en España sin ejercer actividad laboral o profesional.
  • Visado de trabajo y residencia: habilita para ejercer una actividad laboral o profesional, por cuenta ajena o propia.
  • Visado de estudios: habilita a permanecer en España para le realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación.

Si se trata del cónyuge, ascendiente o descendiente de un ciudadano de la Unión Europea, de Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, solamente deberá tramitar un visado de estancia si desea residir en España y está sometido a dicho requisito. En caso contrario no precisará ningún tipo de visado para residir en España.

Consulado Español

El visado se solicitará y expedirá en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas.

Si se trata de visados de tránsito o estancia y no existe Misión Diplomática u Oficina Consular española en un país determinado, podrán solicitarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.

La lista de representación figura en el Anexo III.pdf

Para conocer los datos de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España en el extranjero, puede seleccionar aquí

Embajada de España

La solicitud de visado y su recogida debe realizarse personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular en cuya demarcación resida el extranjero.

Se admite la posibilidad de realizarlo mediante representante debidamente autorizado cuando se trata de visados de tránsito, estancia o residencia por reagrupación familiar de menores.

En el momento de realizar la solicitud de visado debe abonarse la tasa establecida (60 € con carácter general) sin que esté prevista su devolución en caso de resultar denegada la solicitud.

En ciertos supuestos, que deberán consultarse en las Oficinas del Consulado de España, está previsto en la normativa vigente que el importe de la tasa pueda reducirse e incluso ser objeto de exención.

El resto de requisitos necesarios deberán consultarse en la Misión Diplomática Oficina Consular o Embajada de España donde se solicite el visado ya que varían según el tipo de visado y el país de origen del solicitante.

Expedición del visado para España

En el plazo de un meses desde la notificación de la concesión, el extranjero deberá recoger el visado. Si el visado de España expedido es de residencia, de trabajo y residencia o de estudios, su titular deberá obtener una tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde su entrada en España.

Denegación y recursos de Visa de España

Las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares cuando resuelvan denegar un visado deben notificarlo siempre al interesado no estando obligadas a motivar dicha denegación, salvo si se trata de visados de residencia para reagrupación familiar o para trabajo por cuenta ajena.

Los recursos que pueden interponerse contra la denegación de un visado son el recurso de reposición, ante la propia Misión Diplomática, Oficina Consular o Embajada Española en el plazo de un mes, y el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses.

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145 comentarios en «Embajada de España-Requisitos para Visa»

  1. me podrian ayudar vivo en alemania tengo nacionalidad espanola y ecuatoriana quiero casarme con una colombiana, tengo ya preparado la literal de nacimiento, fe de vida apostillada haya , mi pregunta es q si devo viajar con el pasaporte espanol o el ecuatoriano, q necesito el pasaporte espanol o DNI para casarme por lo civil y otra cosa ya optenido el matrimonio q tramites devo seguir ya q no vivo en espana y quiero q mi esposa este conmigo aqui en alemania gracias un saludo desde ESSEN

    1. Estimado Roque,

      Para facilitarles el trámite deberías viajar con el pasaporte español y el DNI, y deberían casarse en la embajada de España, para que su matrimonio tenga validez en toda Europa, porque sino tendrían que revalidarlo y es un trámite muy largo.

      Además con tu matrimonio en la embajada de España ya podrías tramitar la nacionalidad de tu novia y facilitarle el ingreso a Europa.
      MATRIMONIOS CELEBRADOS EN EL EXTRANJERO… con español/a

      Un español y un extranjero, al igual que dos españoles, pueden contraer matrimonio fuera de España de acuerdo con la forma prescrita por la Ley española, ante el funcionario diplomático o consular encargado del Registro civil en el extranjero o ante la autoridad religiosa legalmente prevista. Pero también cabe la celebración conforme a la forma establecida ( civil o religiosa) de acuerdo con la Ley del lugar de celebración.

      En estos casos una vez contraído válidamente el matrimonio fuera de España se deberá tramitar para su validez en nuestro país la INSCRIPCION DEL MATRIMONIO EN EL REGISTRO CIVIL CENTRAL.

      Dicha inscripción se podrá realizar en España a través del registro del lugar de residencia de los cónyuges o bien fuera de España a través del consulado español del país donde se contrajo dicha unión.

      Aproximadamente este trámite de inscripción está tardando unos 18 meses.

      Matrimonios celebrados en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del matrimonio:
      Inscripción de matrimonio canónico:
      Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
      Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
      Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
      Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
      Acreditación del domicilio del promotor en España.
      Hoja declaratoria de datos.
      Inscripción de matrimonio civil:
      Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
      Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
      Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
      Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
      Acreditación del domicilio del promotor en España.
      Hoja declaratoria de datos.
      (Los documentos señalados en el apartado de Matrimonios celebrados en el extranjero están recogidos a efectos meramente informativos, pudiendo, en el momento de la calificación, ser requeridos cuantos datos oportunos estimare el Magistrado Juez Encargado, a quien corresponde la calificación registral o el Secretario del Registro en la tramitación de los expedientes en los que interviniere.)
      Dónde presentarla

      En el Registro Civil donde se haya celebrado el matrimonio o el Registro Civil Central en el supuesto de matrimonio celebrado en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del matrimonio.

  2. hola… una pregunta… soy boliviana… pero vivo en Japon… no tengo la residencia japonesa… me gustaria ir de vacaciones dos semanas a España.. pero no se si necesito visa de turista o que… busque en el internet pero hay un monton de paginas que dicen que los bolivianos si necesitan y otras que no… asi que no se… si alguien sabe por fa!!!

    1. Estimada Toshie, sí la necesitas aquí están los requisitos para la visa Schengen
      https://www.requisitosparavisa.com/2010/06/23/embajada-de-espana/
      https://www.requisitosparavisa.com/2010/06/25/requisitos-para-la-solicitud-de-visa-europea-schengen/

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  3. HOLA QUISIERA SABER COMO PUEDO HACER, TENGO EN ESPAÑA A NI ÑAÑA ELLA TIENE RECIDENCIA ESPAÑOLA ESTA CASADA ALLA Y QUIERE LLEVAR A SUS PADRES DE PASEO POR UN MES Y MEDIO COMO PODEMOS HACER PARA QUE ELLOS VALLAN DE VISITA ELLOS TIENEN SESENTA Y TRES AÑOS DE EDAD

    1. Estimada Jessica, aquí están los requisitos para la visa Schengen que es la de turismo para todo el continente europeo
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  4. por favor me podrian ayudar, yo hace 7 meses vine de españa, pero antes de venir presente mis papeles para la doble nacionalidad ,en noviembre del año pasado me llego una carta en la q me decia q yo ya constaba en el registro civil ,yo vivia en palma de mallorca ,el dia miercoles pasado me habia llegado otra carta halla a la direccion q yo les di en la carta dice q me tengo q presentar en la policia de halla el dia lunes 17 de este mes llevando algunos documentos como son ,la declaracion a larenta el pasaporte la tarjeta de residencia la vida laboral entre otras cosas ,mi pregunta es si yo podria viajar con ese documento gracias

    1. Estimado Jose, tienes que viajar con tu visa, asi ya se te haya concedido la ciudadania, es obligatorio que presentes la visa, pues aun no constas como ciudadano para latinoamerica. Si tu visa caduco te recomiendo que la renueves, y viajes con los papeles de la vez anterior, mas los papeles que te piden.

  5. hola soy venezolana quiero saber si tengo que solisitar una visa par ir a amsterdam,y que papel debo tener para viajar y dinero

  6. Hola quisiera saber como puedo regresar a españa , ya que vine a ecuador con el retorno voluntario hace 2 años y medio si me pudieran ayudar con los requisitos que debo presentar para poder volver muchas gracias.
    jimy mendez

  7. hola soy lilibeth quisiera saber como es el tramite y los requisitos para solicitar la visa de reagrupacion familiar mi papa es ciudadano español…

  8. El próximo noviembre viajaré a Marruecos, haré escala en España por un día, quisiera saber si podrí pedir visa para ese día, me podrían decir cuales serían los requisitos por favor, para no pasar en el aeropuerto todo ese tiempo, así aprovecho y conozco Madrid 🙂
    gracias

  9. Por favor, me podría indicar como se puede interponer un recurso contencioso administrativo, si vivimos en Quito Ecuador, ya que a mi madre le denegaron la visa de estancia, ella tenía una carta de invitación de mi hermana que vive en Madrid.
    Gracias

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